ARBA exime de pagar Inmobiliario a más de 11 mil hoteles, cines, gimnasios y jardines

Fuente: Cronista ~ La medida beneficia a actividades que resultaron perjudicadas por fuerte caída de la actividad en el marco de la pandemia.

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) dispuso hoy la exención de oficio en el Impuesto Inmobiliario para 11.300 inmuebles en los que funcionan hoteles, hospedajes, salones de fiestas, parques de diversiones, cines, discotecas, gimnasios, guarderías y jardines maternales. 

La medida busca compensar con este beneficio a actividades que se vieron afectadas en los últimos dos años por la caída de actividad en el contexto de la pandemia de Covid-19.

Cristrian Girard, director de ARBA, explicó que «la medida representa una ayuda fiscal de $700 millones que beneficia en forma directa a contribuyentes que trabajan en el sector del turismo y el entretenimiento, entre otros rubros».

La iniciativa fue impulsada por el gobernador Axel Kicillof y transformada en ley por la Legislatura bonaerense, dispone la extinción de deudas del Impuesto Inmobiliario (en su componente Básico y Complementario), incluyendo intereses y multas, generadas entre marzo de 2020 y septiembre de 2021.

Además, la norma dispone para quienes sean propietarias o propietarios de los inmuebles que las cuotas que ya hayan sido abonadas generarán un crédito fiscal, a utilizarse para compensar el pago de otras obligaciones con fisco provincial.

La norma dispone que las cuotas que ya hayan sido abonadas generarán un crédito fiscal, que podrá utilizarse para compensar el pago de otras obligaciones con fisco provincial

Según la Resolución 38/21 de ARBA, publicada hoy en el Boletín Oficial bonaerense, para acceder al beneficio los y las contribuyentes no tienen que realizar ningún trámite específico. La razón es que la Ley 15.307 sancionada recientemente por la Legislatura, prevé que la exención rija de oficio.

El titular de ARBA destacó además que «la exención del Inmobiliario forma parte del Programa de Reactivación del Turismo que puso en marcha la Provincia para garantizar la recuperación de quienes ejercen esa actividad, que fue una de las más perjudicadas en la pandemia».

Al respecto, apuntó que «el beneficio pudo instrumentarse a partir del trabajo articulado de ARBA con el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la Provincia, y del diálogo permanente con los representantes del sector hotelero. Dinamizar el turismo es fundamental porque da trabajo a 130 mil personas«.

Según información oficial, las 11.300 partidas inmobiliarias eximidas con esta medida, corresponden a 4.300 contribuyentes que de acuerdo al nomenclador de actividades de Ingresos Brutos trabajan en servicios de alojamiento en hoteles, hosterías y residenciales; camping; exhibición de filmes y videocintas; alquiler y explotación de inmuebles para fiestas y eventos; guarderías y jardines maternales; acondicionamiento físico; parques temáticos y de diversiones; salones de baile y discotecas.

Quienes paguen un alquiler o tengan la cesión de inmuebles que se utilizan en  servicios de hotelería, hospedaje temporal o camping también están alcanzados por la exención.

En estos casos, el beneficio se otorgará si se acredita que la persona que alquila era efectivamente quien se hacía cargo de pagar el impuesto. Además, los pagos del período eximido que hubieran sido realizados por la inquilina o el inquilino generarán un crédito a favor que podrá usarse exclusivamente para compensar futuras cuotas del Impuesto Inmobiliario.

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