Toque de queda sanitario: ¿qué pasará con los bares y restaurantes?

Fuente: Ambito ~ La circulación se limitará entre las 23 o 24 y las 5 o 6. Las sanciones que contemplaba el DNU que decretaba el inicio del ASPO en marzo de 2020 para quienes no lo respetaban.

Por el importante aumento de casos de coronavirus Covid-19 durante las últimas semanas, el Gobierno nacional, con el apoyo de los gobernadores de la distintas provincias, aplicará en las próximas horas un toque de queda sanitario. Se está definiendo si se limitará la circulación de personas entre las 23 o 24 y entre las 5 y las 6.

Esta restricción para circular disparó varios interrogantes. Uno de ellos es qué ocurrirá con la actividad comercial en bares y restaurantes, que tras meses de cierre reabrieron sus puertas con protocolos.

De momento no se conocen los detalles finos de cómo será el toque de queda sanitario, pero en principio no estaría previsto ordena el cierre de esos locales. Solo quedaría limitado el horario dada la restricción de circulación de personas.

La implementación del toque de queda despertó alerta en el sector gastronómico, uno de los más golpeados durante la pandemia. Especialmente en los centros turísticos, como la Costa atlántica, donde apuestan a levantar cabeza tras un duro año.

Para saber cuál será el alcance habrá que esperar el decreto nacional que detalle cómo será el toque de queda. Además, se prevé que más allá de que tenga alcance en todo el país, cada provincia será responsable de cómo se implementa.

Empresarios ligados a la gastronomía, el turismo, la hotelería y el entretenimiento, salieron a rechazar la implementación de un toque de queda nocturno, y avanzan en presentaciones judiciales que les permitan seguir trabajando.

«Un toque de queda sanitario no resiste a un test de constitucionalidad”, dicen desde IDEAR.

“De salir un decreto que viole derechos constitucionales, presentaremos ante la justicia las acciones de amparo correspondientes”, afirmó el abogado Martín Francolino, quien representa a los empresarios que se reúnen por estas horas para definir los pasos a seguir en caso que se confirme la restricción horaria.

“Muchos sectores soportaron más de seis meses cerrados sin ningún tipo de ingreso, y ahora el estado parece encontrar la solución en cortar una brecha horaria en los sectores que prestan servicio de noche como si fueran los culpables, cuando claramente es mejor el “control” que el “descontrol”, un hecho que ya se vivió desde el comienzo de la cuarentena, donde el gobierno no pudo poner orden en la cantidad de fiestas clandestinas y reuniones privadas”, aseguran desde IDEAR, la cámara del entretenimiento argentino.

Francolino agrega que “sin lugar a dudas, la disposición de un toque de queda sanitario en la franja horaria anunciada no resiste un test de constitucionalidad, tratándose de una medida desproporcionada, arbitraria, discriminatoria y completamente ilegal, por no emanar del órgano encargado de reglamentar los derechos humanos que el Estado argentino está obligado a respetar (el Congreso de la Nación); lo que de aplicarse, se someterá a escrutinio judicial, en procura de frenar los abusos del poder ejecutivo, tanto nacional como los de las distintas provincias”.

¿Qué le sucederá a los ciudadanos que no respeten el toque de queda nocturno?

El artículo 4 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 297/2020 que Alberto Fernández firmó al principio del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) en marzo de 2020 dice: «cuando se constate la existencia de infracción al cumplimiento del ‘aislamiento social, preventivo y obligatorio’ o a otras normas dispuestas para la protección de la salud pública en el marco de la emergencia sanitaria, se procederá de inmediato a hacer cesar la conducta infractora y se dará actuación a la autoridad competente, en el marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal«.

El Artículo 205 del Código Penal establece una pena de seis meses a dos años para el que infringe la normativa. Además, la persona podría quedar sujeta a «medidas patrimoniales para garantizar bienes» ante posibles demandas civiles.

En tanto, el Artículo 239 contempla entre 15 días a un año para quienes se resisten a la autoridad o desobedecen a un funcionario público.

Sin embargo, se está analizando si se establecen multas especiales para este caso particular. Además, se está definiendo qué ocurrirá con los permisos de circulación.

La letra fina de lo que será el toque de queda sanitario se conocerá cuando se publique el DNU en el Boletín Oficial.

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