Ventilación en Locales Gastronómicos

@appyce

Informamos a nuestros colegas, que en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires se autorizó oficialmente el funcionamiento de locales gastronómicos con un coeficiente del aforo de un máximo del 30% en relación a la capacidad máxima, siempre y cuando el establecimiento cuente con 10 renovaciones de aire por hora. Dicha ventilación puede ser natural y/o a través del sistema de AA central con 100% TAE (Toma de aire exterior).
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En caso de contar con 8 y 9 renovaciones de aire por hora, el aforo será de un 25% y para los casos de 6 y 7 renovaciones, será de un 20%.
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De no encuadrarse con lo establecido en los párrafos anteriores, se deberán realizar las intervenciones que garanticen dicha ventilación (incremento de ventilación natural y/o renovaciones por medio de inyección y extracción forzadas de aire).
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En caso de no resultar suficiente con las intervenciones mencionadas, para alcanzar los estándares requeridos se deberá complementar con sistemas de filtrado tipo HEPA.

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