Cómo es el Programa de Asistencia al Sector Gastronómico y Hotelero

Fuente: Buenos Aires ~ Otorgará una ayuda individual a cuenta del pago de la remuneración para los trabajadores y trabajadoras del sector, que se extenderá por un mes y alcanzará a empresas que acrediten encontrarse en situación de emergencia.

La Ciudad de Buenos Aires puso en marcha el Programa de Asistencia al Sector Gastronómico y Hotelero, dirigido a solventar de modo parcial y por única vez el pago de las remuneraciones de las trabajadoras y los trabajadores que se desempeñan en esa actividad.

El beneficio otorga hasta un máximo de $15 mil por empleado, se extenderá por un mes y alcanzará a las empresas que acrediten, entre otros requisitos, una caída en la facturación. La suma percibida deberá ser imputada al pago a cuenta de las remuneraciones del mes siguiente a la percepción de dicha suma.

El programa distingue dos tipos de beneficiarios y otorga un subsidio diferenciado para aquellos que se encuentren en la zona de emergencia gastronómica del microcentro, del macrocentro y de Puerto Madero, quienes percibirán un monto máximo de $15 mil.

Para los gastronómicos que se encuentran fuera de la zona de emergencia económica se establecen dos rangos según medición de ventas en AGIP: quienes hayan decrecido sus ventas entre 20% y hasta 40%, recibirán $10 mil por trabajador. En tanto, quienes hayan decrecido sus ventas más del 40%, recibirán una ayuda de $12 mil por empleado.

La asistencia otorgada es compatible con otras políticas de asistencia económica implementadas por el Gobierno Nacional o por el GCBA.

Para acceder al beneficio, los empleadores y empleadoras deberán adherirse al mismo a través de la sección Trámites a Distancia (TAD) de la plataforma de AGIP hasta el día 15 de julio. El trámite es gratuito y no se requiere de intermediarios ni de gestores para su realización.

Como contraprestación, las empresas que resulten beneficiadas deberán comprometerse a mantener la nómina de empleados y empleadas durante el período por el que solicitan el beneficio y capacitar al personal en medidas de seguridad e higiene siguiendo los protocolos necesarios en el contexto de la pandemia de COVID-19.

Inscripción y requisitos:

Para acceder al beneficio las empresas deben estar inscriptas en el Régimen de Empleadores de CABA, para acreditar que realizan alguna de las actividades incluidas en el programa. Asimismo, deberán demostrar la situación económica crítica, a través de la caída interanual en la facturación declarada.

El trámite se realiza mediante el sistema TAD con usuario y clave Ciudad

Para más información comunicarse al 2822-7250

Formularios para presentar:

Declaración jurada»

Nómina de trabajodres»

Marco normativo:

Anexo I»

Anexo II»

Anexo III»

Informe»

Resolución N°125»

Implementación»

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *